Franquicia en Seguros
La franquicia en seguros no es más que una parte de dinero deducible por la aseguradora sobre una posible indemnización resultante de un siniestro, y que correrá por cuenta del asegurado. .
Implica, por tanto, que el asegurado tendrá que hacerse cargo de esa cuantía, dejando de percibirla o bien viéndose obligado a asumirla frente a un posible perjudicado.
La franquicia en seguros suele aplicarse en diversas modalidades de seguros y garantías, y generalmente supone una mejora en el precio del seguro contratado, ya que el asegurado participará en las consecuencias económicas de un posible siniestro.
A continuación, detallamos las modalidades de seguros y garantías más usuales que pueden contener franquicias:
Seguros de Automóvil y otros vehículos
Hay que prestar atención a la aplicación de franquicias en las garantías de robo y/o incendio. Aunque no es muy común, algunas aseguradoras las aplican, especialmente en seguros de motocicletas.
Por el contrario, es muy frecuente en la garantía de daños propios o todo riesgo. En estos casos, suele haber una mejora en el precio del seguro, pero es importante entender bien cómo se aplica la franquicia para evitar sorpresas.
El precio del seguro a todo riesgo con franquicia depende también de la cuantía de la misma. A mayor franquicia, menor será el coste del seguro.
Por ejemplo, imagine que contrata un seguro a todo riesgo con una franquicia de 200 € por siniestro.
En unos meses, su vehículo sufre diversos daños: arañazos en el paragolpes trasero, daños en la puerta del conductor y colisión con otro vehículo siendo usted el culpable. Decide dar parte a la aseguradora para reparar todos los daños. El valor total es:
Daños parte delantera: 650 €
Daños paragolpes trasero: 250 €
Daños puerta conductor: 200 €
Total: 1.100 €
Lo fácil (y erróneo) sería pensar que usted pagará solo 200 € y la aseguradora 900 €. Sin embargo, el perito determinará el número de siniestros y franquicias aplicables. Generalmente, se trata cada daño de forma individual:
- Daños parte delantera: 650 € – Participación del asegurado: 200 €, aseguradora: 450 €.
- Paragolpes trasero: 250 € – Participación del asegurado: 200 €, aseguradora: 50 €.
- Puerta conductor: 200 € – Participación del asegurado: 200 €, aseguradora: 0 €.
Resultado final: asegurado paga 600 € (200 + 200 + 200), aseguradora 500 € (450 + 50).
Seguros de Responsabilidad Civil
La franquicia en seguros de responsabilidad civil es habitual. No tanto en seguros obligatorios, pero es importante saber si el seguro contratado la incluye, y en qué cuantía.
Es muy común en seguros de RC profesional, general, para perros peligrosos, por daños por agua en comunidades, para caballos, de maquinaria, etc.
En estos casos, aunque la aseguradora deduce la franquicia de la indemnización, el perjudicado suele ser un tercero. Por tanto, el asegurado deberá abonar la parte que la aseguradora no cubra.
Por ejemplo: si su seguro tiene una franquicia de 300 € y un tercero le reclama un daño valorado en 850 €, la aseguradora cubre 550 € y usted debe pagar los 300 € restantes al perjudicado para completar la indemnización.
Seguros de Edificios o Comunidades de Propietarios
La franquicia en seguros de comunidades es también frecuente, sobre todo en garantías de responsabilidad civil por daños por agua y en la garantía de daños por agua (búsqueda, localización y reparación de la avería).
Suele aplicarse especialmente cuando el edificio tiene cierta antigüedad. Es menos común en edificios nuevos, pero siempre se ofrece como opción para reducir el coste del seguro.
Otras franquicias en seguros
Además de los casos anteriores, las aseguradoras pueden aplicar franquicias en muchas otras garantías.
También pueden encontrarse en seguros de hogar, viaje, comercio, PYMES, etc.
Estas franquicias deben constar siempre por escrito, ya sea en las Condiciones Particulares, en las Condiciones Generales o en anexos del contrato.
